El Vínculo El Vínculo.
Ley Orgánica Vigente

Artículo 21. Régimen disciplinario.

Artículo 21 de la Ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre, de la Defensa Nacional. · BOE-A-2005-18933

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-12-08.

Texto consolidado

1. El régimen disciplinario de las Fuerzas Armadas tiene por objeto garantizar la observancia de las reglas esenciales que definen el comportamiento de los militares y del ordenamiento legal de la función militar. La potestad disciplinaria corresponde a las autoridades y mandos establecidos en la Ley Orgánica del Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas, sin perjuicio de la tutela jurisdiccional establecida en el artículo 24 de la Constitución.

2. Quedan prohibidos los Tribunales de Honor en el ámbito militar.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-12-08.

Más artículos de Ley Orgánica 5/2005

En El Vínculo puedes leer Ley Orgánica 5/2005 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.