Artículo 21. Mediación penal.
Artículo 21 de la Ley Foral 4/2023, de 9 de marzo, de justicia restaurativa, mediación y prácticas restaurativas comunitarias. · BOE-A-2023-8479
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-22.
Texto consolidado
1. La mediación penal se define como el proceso restaurativo que implica la participación de una o varias personas víctimas y personas victimarias en un diálogo asistido por una o varias personas facilitadoras, con la finalidad de resolver las consecuencias resultantes del delito.
2. Pueden realizarse procesos indirectos de mediación en los que las partes no se comuniquen presencialmente.