Artículo 21. Régimen de funcionamiento.
Artículo 21 de la Ley 6/2022, de 29 de junio, del Real Instituto de Estudios Asturianos. · BOE-A-2022-11962
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-07-28.
Texto consolidado
1. La Junta Permanente se reunirá en sesión ordinaria con periodicidad mensual, si bien podrá celebrar sesiones extraordinarias a iniciativa del Presidente o de dos de sus miembros.
2. El cuórum constitutivo en las sesiones de la Junta Permanente será de la mitad más uno de sus miembros en primera convocatoria y de la tercera parte de sus miembros en segunda. Los acuerdos se adoptarán por mayoría absoluta de los presentes. En todo caso, será requisito imprescindible la presencia del Presidente y del Secretario o, en su caso, de quienes los sustituyan legalmente.
3. A las sesiones de la Junta Permanente podrán asistir uno o varios miembros del Consejo General, convocados al efecto por el Presidente, cuando la índole de los asuntos lo requiera, así como aquellos especialistas, técnicos o personalidades que sean considerados necesarios por dicho órgano, los cuales participarán con voz pero sin voto.