Artículo 21. Medio rural.
Artículo 21 de la Ley 6/2019, de 29 de marzo, de Participación y Promoción Juvenil. · BOE-A-2019-7840
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-06-01.
Texto consolidado
La Administración del Principado de Asturias planificará y desarrollará medidas que favorezcan la permanencia y el asentamiento de la juventud en los núcleos rurales, garantizándoles el acceso a los recursos sociales, económicos, culturales y formativos en condiciones de igualad con respecto a la población urbana.