Artículo 21. Objeto.
Artículo 21 de la Ley 5/2013, de 8 de julio, de apoyo a los emprendedores y a la competitividad e internacionalización de las pequeñas y medianas empresas (PYMES) de la Región de Murcia. · BOE-A-2013-8989
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-07-11.
Texto consolidado
El Consejo del Emprendimiento de la Región de Murcia se constituye como el máximo órgano de consulta en materia de impulso de las políticas de apoyo y asistencia a los emprendedores, y especialmente tendrá por objeto evaluar sus necesidades de presente y futuro, e informar, así como proponer, medidas de fomento y de apoyo al emprendimiento.