Artículo 21. Revocación de la adscripción.
Artículo 21 de la Ley 3/2005, de 25 de abril, de Universidades de la Región de Murcia. · BOE-A-2006-8790
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-05-31.
Texto consolidado
En caso de incumplimiento de las normas aplicables al centro adscrito, de los deberes legales y de las obligaciones y compromisos adquiridos, o cuando no fueren atendidos los requerimientos de la Universidad de adscripción, la Consejería de Educación y Cultura, a propuesta del Consejo Social de la Universidad, y previa audiencia al centro adscrito, podrá proponer al Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma que acuerde la revocación de la adscripción.