Artículo 21. Control de la acción política.
Artículo 21 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. · BOE-A-2001-14243
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-07-26.
Texto consolidado
1. El Presidente y la Junta responden solidariamente ante las Cortes de Castilla y León, sin perjuicio de la responsabilidad directa de cada Consejero por su gestión.
2. El control de la acción política y de gobierno de la Junta y de su Presidente se ejerce por las Cortes de acuerdo con lo dispuesto en el Estatuto de Autonomía y en la forma prevista en el Reglamento de las Cortes de Castilla y León.