Artículo 21. Formación y capacitación.
Artículo 21 de la Ley 2/2025, de 12 de diciembre, de impulso y promoción de la producción ecológica y otras producciones agrarias, pesqueras y acuícolas certificadas en Andalucía. · BOE-A-2025-26848
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-12-19.
Texto consolidado
1. El Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica (en adelante, IFAPA), y las entidades autorizadas y acreditadas por este instituto, ofertarán cursos de formación y capacitación reconocidos por la Administración relacionados con la producción ecológica, así como otras producciones agrarias, pesqueras y acuícolas certificadas.
2. Corresponde al IFAPA el diseño de los contenidos y el establecimiento de los criterios de calidad formativa que se exijan para el reconocimiento por la Administración de las actividades formativas impartidas por entidades públicas o privadas, y la acreditación de las entidades que deban impartirlas.