Artículo 21. Agrupaciones de interés estratégico para el emprendimiento.
Artículo 21 de la Ley 2/2012, de 14 de junio, de Medidas Urgentes de Apoyo a la Iniciativa Empresarial y los Emprendedores, Microempresas y Pequeñas y Medianas Empresas de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2012-9062
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-06-21.
Texto consolidado
La Generalitat impulsará y, en su caso, coordinará a través de su oficina en Bruselas y de la Fundación Comunitat Valenciana - Región Europea las iniciativas del sistema universitario valenciano y de los sectores productivos de la Comunitat Valenciana tendentes a la constitución de asociaciones, lobbys o grupos de interés estratégico con presencia en el ámbito de las instituciones de la Unión Europea, en especial para la captación de fondos y la adopción de medidas de toda índole que fomenten las estrategias de emprendimiento, fundamentalmente en materia de innovación y transferencia de tecnología y de conocimiento, entre las universidades y las empresas o entre aquellas o estas entre sí.
Con independencia de que la Generalitat, eventualmente, forme parte de dichas agrupaciones, con la intensidad de participación que el Consell acuerde, podrá igualmente fomentar su funcionamiento y las actividades que despliegue para alcanzar los fines de interés general valenciano señalados.
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