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Ley Derogada

Artículo 21. Inclusión de nuevas actuaciones en los programas anuales de actuación estadística.

Artículo 21 de la Ley 13/2010, de 21 de mayo, del Plan estadístico de Cataluña 2011-2014. · BOE-A-2010-9421

Atención: Ley 13/2010 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Durante el período de vigencia de un programa anual de actuación estadística, el Gobierno puede aprobar por decreto, a propuesta del consejero o consejera de Economía y Finanzas, la inclusión en el programa anual vigente de otras estadísticas de interés de la Generalidad, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 23/1998.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-06-17.

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