Artículo 21. Causas de cese.
Artículo 21 de la Ley 13/2008, de 5 de noviembre, de la presidencia de la Generalidad y del Gobierno. · BOE-A-2008-19526
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-12-02.
Texto consolidado
Los consejeros cesan por las siguientes causas:
a) Al cesar el presidente o presidenta de la Generalidad.
b) Por dimisión, que requiere la aceptación del presidente o presidenta de la Generalidad.
c) Por revocación del nombramiento.
d) Por defunción.
e) Por sentencia judicial firme que comporte la inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos.
f) Por sentencia judicial firme que declare su incapacidad para el ejercicio del cargo.