Artículo 21. Empresas.
Artículo 21 de la Ley 11/2019, de 8 de marzo, de voluntariado de las Illes Balears. · BOE-A-2019-5580
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-03-15.
Texto consolidado
1. Con el objetivo de fomentar e impulsar el voluntariado en el seno de la sociedad, las empresas pueden promover y participar en programas de voluntariado, siempre que las actuaciones que se desarrollen se realicen en el marco de la colaboración con una entidad de voluntariado.
2. Con el fin de fomentar el voluntariado entre sus trabajadores, las empresas y las administraciones podrán adoptar acuerdos en el marco de la negociación colectiva que faciliten el acceso a los programas de voluntariado de las entidades.