Artículo 21. Convocatoria de elecciones.
Artículo 21 de la Ley 1/1995, de 6 de abril, de Cámaras Agrarias de Castilla y León. · BOE-A-1995-12748
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-05-09.
Texto consolidado
La Junta de Castilla y León convocará elecciones a Cámaras Agrarias cada cinco años.
La convocatoria se publicará en el "Boletín Oficial de Castilla y León".
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2001-9346.