Artículo 21. Ayuda económica extraordinaria para la organización y funcionamiento de las actividades en el ámbito del ocio.
Artículo 21 del Decreto-ley 21/2020, de 2 de junio, de medidas urgentes de carácter económico, cultural y social. · BOE-A-2020-8751
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-06-04.
Texto consolidado
Se crea una ayuda extraordinaria para las entidades organizadoras de actividades de ocio para minimizar el impacto económico en la adecuación de la organización y funcionamiento de estas actividades, los requisitos y medidas de prevención, higiene y protección establecidas por las autoridades sanitarias y acordadas en los órganos correspondientes, en el contexto de la crisis sanitaria.