Artículo 21. Hecho imponible.
Artículo 21 del Decreto Legislativo 1/2004, de 27 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Tasas de la Comunidad Autónoma de Aragón. · BOA-d-2004-90019
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-01-01.
Texto consolidado
(Suprimido)
Se suprime por el art. 9 de la Ley 10/2012, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2013-1424
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2013-1424.