Artículo 21. Estructura de los peajes de acceso a las redes locales.
Artículo 21 de la Circular 6/2020, de 22 de julio, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología para el cálculo de los peajes de transporte, redes locales y regasificación de gas natural. · BOE-A-2020-8556
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-07-26.
Texto consolidado
1. Los peajes de acceso a las redes locales se diferencian por volumen de consumo y constan de un término fijo por capacidad contratada, expresado en €/(kWh/día)/año, y un término variable por volumen, expresado en €/kWh, ambos con seis decimales.
Si el punto de suministro no dispone de equipos de medida que permitan el registro diario del caudal máximo demandado, los peajes de acceso a las redes locales constarán de un término por cliente, expresado en €/cliente y año, y de un término variable por volumen, expresado en €/kWh, ambos con seis decimales.
2. Los peajes de acceso a las redes locales se diferencian en los siguientes grupos tarifarios en función del volumen:
a) Peaje RL.1: Consumo igual o inferior a 5.000 kWh/año.
b) Peaje RL.2: Consumo superior a 5.000 de kWh/año e inferior o igual a 15.000 de kWh/año.
c) Peaje RL.3: Consumo superior a 15.000 de kWh/año e inferior o igual a 50.000 de kWh/año.
d) Peaje RL.4: Consumo superior a 50.000 de kWh/año e inferior o igual a 300.000 de kWh/año.
e) Peaje RL.5: Consumo superior a 300.000 de kWh/año e inferior o igual a 1.500.000 de kWh/año.
f) Peaje RL.6: Consumo superior a 1.500.000 de kWh/año e inferior o igual a 5.000.000 de kWh/año.
g) Peaje RL.7: Consumo superior a 5.000.000 de kWh/año e inferior o igual a 15.000.000 de kWh/año.
h) Peaje RL.8: Consumo superior a 15.000.000 de kWh/año e inferior o igual a 50.000.000 de kWh/año.
i) Peaje RL.9: Consumo superior a 50.000.000 de kWh/año e inferior o igual a 150.000.000 de kWh/año.
j) Peaje RL.10: Consumo superior a 150.000.000 de kWh/año e inferior o igual a 500.000.000 de kWh/año.
k) Peaje RL.11: Consumo superior a 500.000.000 de kWh/año.
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- Ver la norma completa: Circular 6/2020, de 22 de julio, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología para el cálculo de los peajes de transporte, redes locales y regasificación de gas natural.