Artículo 21.25-2. Sujeto pasivo.
Artículo 21.25-2 del Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña. · DOGC-f-2008-90017
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-03-01.
Texto consolidado
El sujeto pasivo de la tasa a título de contribuyente es la persona física que solicita la renovación de la tarjeta sanitaria que acredita su derecho a la asistencia sanitaria.