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Decreto Legislativo Vigente 2 redacciones

Artículo 21.18-4. Cuota.

Artículo 21.18-4 del Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña. · DOGC-f-2008-90017

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-03-14.

Texto consolidado

1. Evaluación de la documentación y tramitación de las solicitudes de licencia para la fabricación de productos sanitarios a medida.

La cuota de la tasa es:

1.1 Por la solicitud de licencia previa sanitaria de funcionamiento de la instalación de fabricación de productos sanitarios a medida: 648,30 euros.

1.2 Por la solicitud de modificación de la licencia por cambio de domicilio o tipo de actividad: 266,05 euros.

1.3 Por la solicitud de modificación de la licencia por el cambio de titular de la empresa o de responsable técnico: 108,50 euros.

1.4 Por la solicitud de revalidación quinquenal de la licencia: 483,55 euros.

2. Evaluación de la documentación y tramitación de la comunicación inicial de la actividad de distribución de productos sanitarios y/o productos sanitarios para diagnóstico in vitro y de las comunicaciones de modificaciones posteriores de esta comunicación: 112,5 euros.

3. Autorización de la publicidad de productos sanitarios dirigida al público e insertada en medios de difusión pública: 290,10 euros.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-03-14.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2015-3637.

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