Artículo 21.18-4. Cuota.
Artículo 21.18-4 del Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña. · DOGC-f-2008-90017
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-03-14.
Texto consolidado
1. Evaluación de la documentación y tramitación de las solicitudes de licencia para la fabricación de productos sanitarios a medida.
La cuota de la tasa es:
1.1 Por la solicitud de licencia previa sanitaria de funcionamiento de la instalación de fabricación de productos sanitarios a medida: 648,30 euros.
1.2 Por la solicitud de modificación de la licencia por cambio de domicilio o tipo de actividad: 266,05 euros.
1.3 Por la solicitud de modificación de la licencia por el cambio de titular de la empresa o de responsable técnico: 108,50 euros.
1.4 Por la solicitud de revalidación quinquenal de la licencia: 483,55 euros.
2. Evaluación de la documentación y tramitación de la comunicación inicial de la actividad de distribución de productos sanitarios y/o productos sanitarios para diagnóstico in vitro y de las comunicaciones de modificaciones posteriores de esta comunicación: 112,5 euros.
3. Autorización de la publicidad de productos sanitarios dirigida al público e insertada en medios de difusión pública: 290,10 euros.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2015-3637.