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Decreto Legislativo Vigente

Artículo 21.12-4. Cuota.

Artículo 21.12-4 del Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña. · DOGC-f-2008-90017

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-06-28.

Texto consolidado

La cuota de la tasa es:

1. Por la inspección del laboratorio farmacéutico, por día: 469 euros.

2. Por la toma de muestras: 305,40 euros.

3. Por las actuaciones relacionadas con la toma de posesión en el cargo de director o directora técnico o de director o directora técnico suplente: 92,45 euros.

4. Por la emisión de un certificado de cumplimiento de las normas de fabricación correcta de medicamentos: 92,45 euros.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-06-28.

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