Artículo 209. Autorización.
Artículo 209 del Decreto Legislativo 1/2023, de 28 de febrero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística. · DOCM-q-2023-90063
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-03-22.
Texto consolidado
1. Reglamentariamente se establecerán los requisitos para la autorización de una ECAU, el procedimiento a seguir para su otorgamiento y su inscripción en el registro.
2. La resolución de autorización de una ECAU corresponderá a la consejería competente en materia de urbanismo y será publicada en el "Diario Oficial de Castilla-La Mancha" incluyendo los datos de inscripción en el registro de ECAU.