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Decreto Legislativo Vigente

Artículo 205. Tarifas.

Artículo 205 del Decreto Legislativo 1/2004, de 27 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Tasas de la Comunidad Autónoma de Aragón. · BOA-d-2004-90019

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-01-01.

Texto consolidado

La cuantía de la tasa se determina por la aplicación de las siguientes tarifas:

Tarifa 01. Por la solicitud de autorización para la impartición de un certificado de profesionalidad completo: 300,00 euros.

Tarifa 02. Por la solicitud de autorización para la impartición de una unidad de competencia acreditable: 100,00 euros.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-01-01.

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