Artículo 20. Régimen de supervisión.
Artículo 20 del Real Decreto 926/1998, de 14 de mayo, por el que se regulan los fondos de titulación de activos y las sociedades gestoras de fondos de titulización. · BOE-A-1998-11425
Atención: Real Decreto 926/1998 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
A las sociedades gestoras de fondos de titulización les será de aplicación el régimen de supervisión, inspección y sanción que prevé el artículo 6.3, de la Ley 19/1992, de 7 de julio, para las sociedades gestoras de fondos de titulización hipotecaria.