Artículo 20. Administración.
Artículo 20 del Real Decreto 620/1987, de 10 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Museos de Titularidad Estatal y del Sistema Español de Museos. · BOE-A-1987-11621
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1987-05-14.
Texto consolidado
Se integran en el área de administración las funciones relativas al tratamiento administrativo de los fondos del Museo, a la seguridad de éstos y las derivadas de la gestión económico-administrativa y del régimen interior del Museo.