Artículo 20. Medalla de Oro de la Real Academia de la Historia.
Artículo 20 del Real Decreto 39/2009, de 23 de enero, por el que se aprueban los Estatutos de la Real Academia de la Historia. · BOE-A-2009-2552
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-02-17.
Texto consolidado
Se instituye la Medalla de Oro de la Real Academia de la Historia, que podrá otorgarse a personas físicas y jurídicas en reconocimiento a su labor de mecenazgo y especial protección de actividades e iniciativas de la Academia o de sus fondos y legados.