Artículo 20. Cláusula de libre de circulación.
Artículo 20 del Real Decreto 255/2003, de 28 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre clasificación, envasado y etiquetado de preparados peligrosos. · BOE-A-2003-4376
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-03-05.
Texto consolidado
Sin perjuicio de lo dispuesto en otras normativas comunitarias o nacionales, no se podrá prohibir, restringir, ni obstaculizar la comercialización de preparados a causa de su clasificación, envasado, etiquetado o fichas de datos de seguridad, cuando dichos preparados se ajusten a lo dispuesto en el presente Reglamento.