Artículo 20. Régimen de personal, presupuestario, patrimonial y de contratación.
Artículo 20 del Real Decreto 1186/2025, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A., y se modifica el Reglamento para la ejecución de la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes, aprobado por el Real Decreto 316/2017, de 31 de marzo. · BOE-A-2025-27007
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-12-31.
Texto consolidado
1. El personal al servicio de la OEPM es funcionario o laboral, rigiéndose por lo previsto en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y demás normativa reguladora de los funcionarios públicos y por la normativa laboral.
2. La OEPM aplicará el régimen presupuestario, económico-financiero, de contabilidad, y de control establecido para los organismos autónomos por la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
3. La gestión y administración de los bienes y derechos propios de la OEPM, así como de aquellos del Patrimonio de la Administración que se le adscriban para el cumplimiento de sus fines, será ejercida de acuerdo a lo establecido para los organismos autónomos en la Ley 33/2003, de 3 de noviembre.
4. El régimen jurídico aplicable a la contratación en la OEPM será el establecido para las Administraciones Públicas en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, siendo la Dirección el órgano de contratación del organismo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 323.2 de la citada ley y en el artículo 100.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Más artículos de Real Decreto 1186/2025
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- Ver la norma completa: Real Decreto 1186/2025, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A., y se modifica el Reglamento para la ejecución de la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes, aprobado por el Real Decreto 316/2017, de 31 de marzo.