Artículo 20. Pago de la ayuda.
Artículo 20 de la Orden CUD/582/2020, de 26 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas estatales para la producción de largometrajes y de cortometrajes y regula la estructura del Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales. · BOE-A-2020-6921
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-06-19.
Texto consolidado
El pago de la ayuda concedida se efectuará en los momentos siguientes:
a) El 60 % se abonará en el ejercicio económico de la convocatoria correspondiente, a partir del reconocimiento del derecho tras la resolución de concesión de la ayuda.
b) El 40 % se abonará en el ejercicio económico posterior al de la convocatoria correspondiente una vez acreditada, al menos, el 80 % de la financiación del proyecto, así como de haber abonado, al menos, el 50 % del precio del guion, excluidas las cantidades no relacionadas directamente con la prestación de servicio de redacción del guion, como las primas vinculadas al alcance de determinados objetivos, conforme se establezca en la convocatoria.
Se modifican por el art. 2.6 de la Orden CLT/641/2025, de 17 de junio. Ref. BOE-A-2025-12392
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2025-12392.
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