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Ley Foral Vigente

Artículo 20. Ejercicio de la potestad sancionadora.

Artículo 20 de la Ley Foral 33/2013, de 26 de noviembre, de reconocimiento y reparación moral de las ciudadanas y ciudadanos navarros asesinados y víctimas de la represión a raíz del golpe militar de 1936. · BOE-A-2013-13351

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-07-13.

Texto consolidado

1. El ejercicio de la potestad sancionadora corresponderá a la Administración de la Comunidad Foral sobre cualquier persona física o jurídica por la comisión de las infracciones administrativas tipificadas en el presente título.

2. Serán sancionadas por hechos constitutivos de infracción las personas físicas o jurídicas que resulten responsables de los mismos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-07-13.

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