Artículo 20. Incorporación al empleo de los ciudadanos retornados a Castilla y León.
Artículo 20 de la Ley 8/2013, de 29 de octubre, de la Ciudadanía Castellana y Leonesa en el Exterior. · BOE-A-2013-11941
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-11-25.
Texto consolidado
Los programas de formación y desarrollo profesional para el empleo, orientación laboral, cualificación técnica y demás actuaciones formativas y de inserción laboral que los poderes públicos promuevan y establezcan procurarán ofrecer medidas específicas dirigidas a facilitar la inserción en el mercado de trabajo de los ciudadanos retornados a Castilla y León, particularmente a través de la consideración y apoyo a sus iniciativas y proyectos de empleo.