Artículo 20.
Artículo 20 de la Ley 6/1998, de 30 de noviembre, de Consejos Escolares de la Región de Murcia. · BOE-A-1999-4975
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-12-16.
Texto consolidado
El Consejo Escolar de la Región de Murcia se reunirá en Pleno, como mínimo, dos veces al año, siempre que lo solicite una tercera parte de sus miembros y cuando lo estime conveniente el Presidente.