Artículo 20. Medidas sobre el patrimonio cultural.
Artículo 20 de la Ley 5/2025, de 30 de septiembre, de volcanes de Canarias. · BOE-A-2025-24844
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-10-14.
Texto consolidado
En el contexto de una emergencia vulcanológica, las Administraciones públicas canarias, en el marco de sus respectivas competencias, adoptarán medidas de protección y recuperación del patrimonio cultural de Canarias, que incluirán la identificación, documentación y salvaguarda de los bienes culturales afectados. Estas actuaciones prestarán especial atención al patrimonio cultural inmaterial y, en particular, a los saberes tradicionales, las prácticas sociales, las expresiones simbólicas y los vínculos culturales que las comunidades mantienen con su entorno.