Artículo 20. Denominación.
Artículo 20 de la Ley 4/2017, de 30 de noviembre, de Microempresas Cooperativas y Cooperativas Rurales de Castilla-La Mancha y por la que se modifica la Ley 11/2010, de 4 de noviembre, de Cooperativas de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2018-986
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-12-31.
Texto consolidado
Las cooperativas rurales incluirán necesariamente en su denominación social la mención «Sociedad Cooperativa Rural de Castilla-La Mancha» o «S. Coop. Rural de C-LM».
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