Artículo 20. Medidas provisionales.
Artículo 20 de la Ley 30/2022, de 23 de diciembre, por la que se regulan el sistema de gestión de la Política Agrícola Común y otras materias conexas. · BOE-A-2022-22127
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-01-02.
Texto consolidado
Mediante acuerdo motivado, se podrán adoptar por la autoridad competente las medidas provisionales que sean necesarias para asegurar la eficacia de la resolución que pudiera recaer y, en su caso, evitar que se mantengan los efectos de la infracción. En cualquier momento, podrán dejarse sin efecto las medidas adoptadas o substituirse por otras más adecuadas a los fines indicados.