Artículo 20. Competencias de las restantes entidades del sector público.
Artículo 20 de la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León. · BOE-A-2006-10085
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-05-29.
Texto consolidado
Corresponde a las restantes entidades integrantes del sector público y a los órganos con dotación diferenciada:
a) La elaboración de sus presupuestos.
b) La autorización de los gastos y la ordenación de los pagos.
c) Las demás que les atribuya el ordenamiento jurídico.