Artículo 20. Ayudas y subvenciones.
Artículo 20 de la Ley 14/2003, de 22 de diciembre, de Cooperación Internacional para el Desarrollo. · BOE-A-2004-885
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-01-20.
Texto consolidado
1. La Administración de la Junta de Andalucía podrá conceder ayudas y subvenciones a organizaciones no gubernamentales de desarrollo y demás agentes de la cooperación internacional para el desarrollo en Andalucía, que cumplan los requisitos previstos en los artículos anteriores, para la ejecución de programas y proyectos de cooperación en ese ámbito.
2. Las ayudas y subvenciones se concederán de acuerdo con lo dispuesto en el Título VIII de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía.