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Ley Vigente 2 redacciones

Artículo 20. Responsabilidad de varios explotadores o expedidores.

Artículo 20 de la Ley 12/2011, de 27 de mayo, sobre responsabilidad civil por daños nucleares o producidos por materiales radiactivos. · BOE-A-2011-9279

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-11-09.

Texto consolidado

En el caso de que en un accidente intervengan materiales radiactivos que no sean sustancias nucleares que pertenezcan a varios explotadores, o a varios expedidores cuando se trate de tránsitos, los explotadores o expedidores que de conformidad con esta ley tengan atribuida la responsabilidad por daños causados como consecuencia de la emisión de radiaciones ionizantes, responderán por tales daños, en la medida en la que no se pueda distinguir qué materiales han sido causantes de dichos daños, en proporción a la garantía mínima obligatoria estipulada en el artículo 21.

Téngase en cuenta que esta actualización, establecida por el art. 42.12 de la Ley 11/2023, de 8 de mayo, Ref. BOE-A-2023-11022#a4-4, entra en vigor el 9 de noviembre de 2023, según determina la disposición final 18.5 de la citada Ley.

Redacción anterior:

"En el caso de que en un accidente intervengan materiales radiactivos que no sean sustancias nucleares que pertenezcan a varios explotadores, o a varios expedidores cuando se trate de tránsitos, los explotadores o expedidores que de conformidad con la presente ley tengan atribuida la responsabilidad por daños causados como consecuencia de la emisión de radiaciones ionizantes, responderán por tales daños, en la medida en la que no se pueda distinguir qué materiales han sido causantes de dichos daños:

a) En proporción a la garantía mínima obligatoria estipulada en el artículo 21 en lo que a los daños a las personas y a los bienes así como a las pérdidas económicas derivadas de estos daños, y

b) En proporción a garantía mínima establecida de conformidad con el artículo 23 en lo que se refiere a los daños medioambientales."#a4-4

Esta modificación entra en vigor el 9 de noviembre de 2023, según establece la disposición final 18.5 de la citada Ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-11-09.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 11/2023, de 8 de mayo, de trasposición de Directivas de la Unión Europea en materia de accesibilidad de determinados productos y servicios, migración de personas altamente cualificadas, tributaria y digitalización de actuaciones notariales y registrales; y por la que se modifica la Ley 12/2011, de 27 de mayo, sobre responsabilidad civil por daños nucleares o producidos por materiales radiactivos..

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