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Ley Vigente

Artículo 20. Objetivos de la reutilización.

Artículo 20 de la Ley 1/2018, de 21 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública. · BOE-A-2018-5393

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-09-29.

Texto consolidado

La reutilización perseguirá los objetivos fundamentales siguientes:

1. Publicar toda la información sometida a publicidad activa de los sujetos afectados por esta Ley, con pleno respeto a las restricciones de privacidad, seguridad y propiedad en los términos establecidos en la Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector público.

2. Permitir a la ciudadanía un mejor conocimiento de la actividad del sector público.

3. Favorecer la creación de productos y servicios de información basados en los datos de libre disposición que obren en poder de los entes públicos.

4. Facilitar el uso de los datos para que las empresas privadas ofrezcan productos y servicios de información de valor añadido.

5. Favorecer la competencia en el mercado, limitando su falseamiento.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-09-29.

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