Artículo 20. Acuerdos en el ámbito de la acción exterior.
Artículo 20 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón. · BOE-A-2011-5202
Atención: Ley 1/2011 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. La Comunidad Autónoma de Aragón podrá suscribir acuerdos de colaboración con entes públicos de otros Estados o con organismos internacionales para la promoción y defensa de los intereses de Aragón en el exterior.
2. Especialmente, se promoverán acuerdos en materia de investigación, desarrollo tecnológico, protección del medio ambiente, ayuda al desarrollo y apertura exterior de la economía aragonesa.