Artículo 20. Totalización de períodos de seguro para la admisión al seguro voluntario.
Artículo 20 del Instrumento de Ratificación del Convenio de Seguridad Social entre el Reino de España y la República Oriental del Uruguay, hecho en Montevideo el 1 de diciembre de 1997. · BOE-A-2000-3693
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-04-01.
Texto consolidado
Para la admisión al seguro voluntario o continuación facultativa del seguro, los períodos de seguro cubiertos por el trabajador en virtud de la legislación de una Parte se totalizarán, si fuera necesario, con los períodos de seguro cubiertos en virtud de la legislación de la otra Parte, cuando no se superpongan.
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