Artículo 20. Seguro voluntario.
Artículo 20 del Convenio entre España y Australia sobre Seguridad Social, hecho en Madrid el 31 de enero de 2002. · BOE-A-2002-24712
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-01-01.
Texto consolidado
Las personas a las que se aplique este Convenio podrán acogerse al seguro voluntario del Sistema español de Seguridad Social, de conformidad con la legislación interna española, pudiendo a tal efecto y en caso necesario totalizarse los períodos de residencia activa laboralmente australiana.