Artículo 2. Órganos encargados de la ejecución del Tratado.
Artículo 2 del Tratado de extradición entre el Reino de España y la República del Paraguay, hecho en Asunción el 27 de julio de 1998. · BOE-A-2001-7287
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-02-23.
Texto consolidado
Los órganos encargados de la ejecución del presente Tratado serán el Ministerio de Justicia del Reino de España y el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Paraguay. Dichos órganos se comunicarán entre sí, por vía diplomática.