Artículo 2. Órganos encargados de la ejecución del Tratado.
Artículo 2 del Tratado de Extradición entre el Reino de España y la República de Panamá, hecho en Panamá el 10 de noviembre de 1997. · BOE-A-1998-20926
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-09-06.
Texto consolidado
Los órganos encargados de la ejecución del presente Tratado serán el Ministerio de Justicia del Reino de España y el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Panamá. Dichos órganos se comunicarán entre sí, por vía diplomática.