Artículo 2. Modificación de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.
Artículo 2 del Real Decreto-ley 9/2015, de 10 de julio, de medidas urgentes para reducir la carga tributaria soportada por los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y otras medidas de carácter económico. · BOE-A-2015-7765
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-07-12.
Texto consolidado
Con efectos a partir de 1 de enero de 2015, se introducen las siguientes modificaciones en la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades:
Uno. Se deroga la letra ñ) de la disposición transitoria trigésima cuarta.
Dos. Se añade una disposición transitoria trigésima octava, que queda redactada de la siguiente forma:
«Disposición transitoria trigésima octava. Porcentaje de retención o ingreso a cuenta aplicable en 2015.
Desde 1 de enero de 2015 hasta 11 de julio de 2015, el porcentaje de retención o ingreso a cuenta a que se refiere la letra a) del apartado 6 del artículo 128 de esta Ley será el 20 por ciento. Dicho porcentaje será el 19,5 por ciento desde 12 de julio de 2015 hasta 31 de diciembre de 2015.»
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