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Real Decreto-ley Vigente

Artículo 2. Créditos de productividad, dedicación especial y gratificaciones por servicios extraordinarios.

Artículo 2 del Real Decreto-ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público. · BOE-A-2010-8228

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-05-25.

Texto consolidado

A partir del 1 de junio de 2010 los créditos asignados para atender los complementos de productividad, dedicación especial y gratificaciones por servicios extraordinarios se reducirán en un 5 por ciento y sin perjuicio de que las cantidades individuales asignadas puedan ser diferentes de acuerdo con la normativa reguladora de estos complementos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-05-25.

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