Artículo 2. Finalidad.
Artículo 2 del Real Decreto 996/2018, de 3 de agosto, por el que se crea la Escuela de Arte de Ceuta y se regula su funcionamiento. · BOE-A-2018-11335
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-08-09.
Texto consolidado
La Escuela de Arte de Ceuta tendrá como finalidad proporcionar una formación artística de calidad mediante la impartición del Bachillerato en la modalidad de Artes y de ciclos formativos de enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, el Real Decreto 596/2007, de 4 de mayo, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño, y el Real Decreto 303/2010, de 15 de marzo, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas artísticas reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.