El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 2. Definiciones.

Artículo 2 del Real Decreto 987/2008, de 13 de junio, por el que se establecen bases reguladoras para la concesión de las subvenciones destinadas a determinados proyectos de mejora de la gestión medioambiental de las explotaciones porcinas. · BOE-A-2008-11284

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-07-04.

Texto consolidado

1. A efectos de este real decreto serán de aplicación las definiciones previstas en el artículo 3 de la Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal, en el artículo 2 del Real Decreto 324/2000, de 3 de marzo, por el que se establecen normas básicas de ordenación de explotaciones porcinas, y en el artículo 2 del Reglamento (CE) n.º 1857/2006 de la Comisión de 15 de diciembre de 2006 sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas y por el que se modifica el Reglamento (CE) n.º 70/2001.

2. Además se entenderá como:

a) Purín o estiércol liquido: todo excremento u orina de animales de la especie porcina, con o sin cama, el agua de lavado y restos de piensos, en proceso de cambio biológico, que son valorizados directamente en el marco de las explotaciones agrarias.

b) Gestión: la recogida, el almacenamiento, el transporte, la valorización y, en su caso, el tratamiento previo de los purines, incluida la vigilancia de estas actividades.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-07-04.

Más artículos de Real Decreto 987/2008

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 987/2008 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.