Artículo 2. Ámbito subjetivo.
Artículo 2 del Real Decreto 984/2022, de 22 de noviembre, por el que se establecen las Oficinas de Transferencia de Conocimiento y se crea su Registro. · BOE-A-2022-19918
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-07-01.
Texto consolidado
Este real decreto será de aplicación a las entidades generadoras de conocimiento de las que depende una OTC, y a las entidades que actúan como OTC por tener encomendada la gestión de los resultados de investigación de otras entidades generadoras de conocimiento y titulares de resultados de investigación.