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Real Decreto Vigente

Artículo 2. Ámbito de aplicación.

Artículo 2 del Real Decreto 650/2023, de 18 de julio, por el que se aprueba el Protocolo de reconocimiento médico forense a la persona detenida. · BOE-A-2023-16721

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-07-21.

Texto consolidado

1. El Protocolo será de aplicación a la persona detenida que se hallare bajo la jurisdicción de juzgados y tribunales y a disposición de las fiscalías, por los servicios de clínica forense de los institutos de medicina legal y ciencias forenses.

2. El protocolo podrá adaptarse a las características y circunstancias de cada Instituto que garantizará los medios técnicos adecuados.

3. El Consejo Médico Forense elaborará una guía de buenas prácticas para su aplicación, donde formulará recomendaciones de actuación. Dicha guía se actualizará con la periodicidad que se considere necesaria en función del desarrollo normativo y de la práctica e investigación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-07-21.

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