El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 2. Definiciones.

Artículo 2 del Real Decreto 640/2015, de 10 de julio, por el que se aprueba la lista de coadyuvantes tecnológicos autorizados para la elaboración de aceites vegetales comestibles y sus criterios de identidad y pureza, y por el que se modifica el Real Decreto 308/1983, de 25 de enero, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria de Aceites Vegetales Comestibles. · BOE-A-2015-8443

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-07-29.

Texto consolidado

A efectos del presente real decreto se aplicará la definición de coadyuvante tecnológico que figura en la letra b) del apartado 2 del artículo 3 del Reglamento 1333/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, sobre aditivos alimentarios, así como las definiciones incluidas en el Real Decreto 308/1983, de 25 de enero, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria de Aceites Vegetales Comestibles.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-07-29.

Más artículos de Real Decreto 640/2015

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 640/2015 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.