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Real Decreto Vigente

Artículo 2. Certificados de profesionalidad que se establecen.

Artículo 2 del Real Decreto 622/2013, de 2 de agosto, por el que se establece un certificado de profesionalidad de la familia profesional Marítimo-Pesquera que se incluye en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad y se actualizan los certificados de profesionalidad establecidos como anexos I, II y III del Real Decreto 1533/2011, de 31 de octubre, y como anexos I, III y IV del Real Decreto 1774/2011, de 2 de diciembre. · BOE-A-2013-9576

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-09-17.

Texto consolidado

El certificado de profesionalidad que se establece corresponde a la familia profesional Marítimo-Pesquera y es el que a continuación se relaciona, cuyas especificaciones se describen en los anexos que se indican:

Familia profesional: Marítimo-Pesquera.

– Anexo I. Gestión de la producción de criadero en acuicultura-Nivel 3.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-09-17.

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